Nuevo régimen laboral para los trabajadores hacia el socialismo del siglo XXI
César A. Luque F. (cesarluque@yahoo.com y www.escuelapopularjmc.co)
10/05/13
El 1º de mayo entró en vigencia la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT) en Venezuela, norma expedida por el comandante Hugo Chávez, líder indiscutido de la Revolución Bolivariana. Ese es su legado para los trabajadores, a quienes la norma reconoce como los creadores de la riqueza, esa que se ordena, debe ser redistribuida entre ellos.
La jornada de trabajo quedó establecida en 40 horas semanales, en 5 días de 8 horas, siendo sábado y domingo días de descanso remunerado. La jornada de trabajo nocturno es de 35 horas, entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m., 7 horas por día y cuando la jornada sea mixta, será de 37.5 horas, en 5 días de 7.5 horas. Cuando el trabajador deba laborar excepcionalmente en los días de descanso, en la semana siguiente deberá recibir dos días de descanso, más un pago adicional del 50%, más el pago normal, por dejar a su familia sin su presencia. En la jornada no se puede exigir trabajo por más de 5 horas continuas, ya que debe existir un periodo para tomar alimentos por una hora, tiempo en que el trabajador puede dejar el sitio de trabajo, ya que si no lo puede hacer, ese tiempo se imputa a la jornada, debiendo recibir entonces 30 minutos, excepto cuando haya servicio de casino, caso en el cual el tiempo no se cuenta.
En materia de horas extras, diariamente no pueden ser más de 2 horas, ni más de 10 semanales, ni más de 100 al año. Las vacaciones serán de 15 días hábiles, más un día por cada año de servicio, hasta llegar a 30, debiendo recibir el trabajador el pago normal de esos días, y 15 días más de bonificación, y un día más por año de servicios hasta llegar a 30, periodo en que el trabajador debe recibir el beneficio de la alimentación, pudiéndose acumular dos periodos de vacaciones, acordando la fecha de ellas con el patrón.
En cuanto a la protección de la maternidad, se consagró descanso remunerado para la madre, 6 semanas antes del parto, y 20 semanas después, mientras el padre deberá recibir 14 días de permiso tras el parto, quedando los dos protegidos por inamovilidad laboral por dos años, lo que significa que durante ese tiempo no perderán su trabajo, garantizando así un bienestar para el niño, permisos que igual recibirán los padres adoptantes del niño menor de 3 años.
En la LOTTT quedó prohibida la tercerización, contemplando gran estabilidad laboral, prohibiendo el despido sin justa causa, que no producirá efecto alguno, como pasaba en Colombia antes de la aprobación de la ley 50 de 1990 de la que fue ponente Álvaro Uribe Vélez, luego premiado por los trabajadores con dos periodos presidenciales, como lo puede ser ahora Germán Vargas Lleras, ponente e impulsor de la ley 100 de 1993. A los trabajadores discapacitados se les garantiza acceso al trabajo, al ordenar que el 5% de trabajadores debe ser de discapacitados, cuando en Colombia las empresas buscan salir de sus trabajadores enfermos todos los días.
En contravía del capitalismo salvaje, las empresas deberán repartir el 15% de sus utilidades entre los trabajadores en diciembre, quienes deberán recibir por lo menos 30 días de salario, y hasta 4 meses, así se socializaran las ganancias y no las perdidas como ocurre en nuestro medio, debiendo el salario servir para suplir las necesidades materiales, sociales e intelectuales del trabajador, pero también de su familia, siendo sancionada cualquier mora en su pago, con el pago de intereses. Para proteger el trabajo para los nacionales, el 90% de los trabajadores de un patrón deben ser venezolanos, no pudiendo ser extranjeros los jefes de personal o relaciones laborales, contrario a lo que pasó en Colombia, donde por la ley del primer empleo esta prohibición fue derogada, sin que los trabajadores se hayan siquiera enterado.
En cuanto al tiempo para demandar, la prescripción quedo en 5 años, y cuando se reclaman prestaciones sociales será de 10 años, quedando los notarios obligados a refrendar los poderes para demandar de manera gratuita.
Las amas de casa deberán ser protegidas por la seguridad social, mientras que quienes trabajen entre las 7:00 p.m. y las 5:00 a.m. recibirán como recargo nocturno un 35%, al paso que las horas extras serán pagas con un recargo del 50%, debiendo ser pagado el salario, máximo cada quince días, a menos que el trabajador reciba alimentación y vivienda del patrón, caso en el cual el pago puede ser mensual. Las cesantías son 30 días por año, las que deben ser consignadas de manera periódica cada trimestre en la entidad estatal, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales a nombre del trabajador.
Los patrones con más de 200 trabajadores deben dar becas a los trabajadores y sus hijos, y aquellos que estén obligados a prestar el servicio de transporte a sus trabajadores, la mitad del tiempo que dure, será imputable a la jornada. Se promueve el tiempo libre, para promover el desarrollo físico, espiritual, cultural y deportivo de los trabajadores, debiendo el patrón crear programas de turismo y entretenimiento social, deportivo o similar.
Además la LOTTT regula de manera especial actividades como las de los deportistas, las de quienes laboran en el campo, donde el trabajo nocturno será de 6:00 p.m. y 4:00 a.m., las de los trabajadores del transporte, también lo referente a los que prestan sus servicios al Estado, el que debe impulsar la educación de los trabajadores en formación técnica, científica, tecnológica y humanística, buscando mejorar sus condiciones de trabajo. El patrón que tenga más de 20 trabajadores deberá tener un Centro de Educación Inicial para atender a los hijos de los trabajadores menores de 6 años.
El tema sindical está ampliamente regulado, pudiendo crearse un sindicato con 20 afiliados, existiendo normas que previenen el mal manejo de los fondos sindicales. Las convenciones colectivas no podrán tener una duración mayor a tres años, ni menor de dos, pudiendo prorrogarse por la mitad del tiempo.
En general el comandante Chávez dejó una gran herencia a los venezolanos, que es necesario conozcan los trabajadores colombianos, muchos de los cuales hasta han repudiado al gobierno venezolano, todo como resultado de la labor diaria que cumplen los medios, especialmente la tv, RCN y Caracol, ocultando al pueblo las medidas que favorecen a nuestros hermanos de la República Bolivariana de Venezuela, buscando que los trabajadores nuestros no tengan referentes que los orienten en sus luchas, ya que mientras allá están alcanzando derechos, aquí los estamos perdiendo paulatinamente.