Participo en procesos de negociación colectiva con empresas de diferentes sectores de la economía a nivel nacional, como asesor o negociador de organizaciones sindicales de industria o empresa.
Experiencia: He sido asesor y/o negociador de los sindicatos:
Sinaltralpina en negociación con Alpina
Sintracesanlo con Cerámica San Lorenzo
Sintrabel con Ebel
Sintrapulcar con Serprosa, Delaform, Thomas Greg & Sons, Productos Familia, Protisa, Cartón de Colombia
Sintrametal Bogotá, Zipaquirá, Cajicá con Allegion, hoy Segurex Latam, Franing, Mersen, Sudelec, Ave Colombiana, Andean Iron, Humcar, Legrand, Incolbest, Metalmecánica JB
Sintraindumecol con Yazaki Ciemel y Rapiscol
Sinaltrainal con Finca
Sinaltram con Yazaki Ciemel
Sintrawestarco con West Arco
Sintraintalpel con Intalpel
SintrapazdelRio con Acerías Paz del Río
Sintraces con la Compañía Eléctrica de Sochagota
Sinaltracomfasalud con Colsubsidio
UTCF con Colsubsidio y Cafam
Sintradiaco con Diaco Gerdau
Ustiam con Cervecería del Valle, Impresora del Sur, Bavaria e Indugral
OCT con Canpack
Unitralag con el Club Los Lagartos
Sumate con Yazaki Ciemel
Sinthol con el Country Club de Bogotá y Club Campestre El Rancho
Sinaltracamacom con la Cámara de Comercio de Villavicencio
Sintraimagra con Doria, Mejía & Mejía
Sintranep con Nestlé Purina
Asomicol con Columbia Coal
UNO con Marceraglia
Sintraconsol con CSS Constructores
OTIP con Protisa
Sintracarcol con Cartón de Colombia
Sinaltracaf Bogotá y Melgar con Cafam
Sintracall con Callypso Call Colombia
Sintrasai con Servicios Aeroportuarios Integrados (SAI)
Sintrapeajes con CSS Constructores
Unialimenta con Quala, Pepsico y Finca
Unigrancomercio con D1.
He sido designado de árbitro, para integrar Tribunales de Arbitramento por los sindicatos Asdecos, Sinaltranscop, Sintraquim, Sinaltralipal, USTTC.
En la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia he representado a varios sindicatos en recursos de anulación, tanto presentando recursos, como haciendo la réplica, cuando la empresa lo ha presentado. En esas representaciones he logrado importantes sentencias a favor de los derechos de los trabajadores, como la SL2118 de 2022 entre Sintraproquipa y PQP, donde logré que se anulara la discriminación contra los trabajadores con contrato a término fijo, que fueron excluidos del laudo arbitral por los árbitros del Tribunal. La Corte dejó claro que todos los trabajadores deben tener los mismos derechos, independiente del tipo de contrato que suscriban con el empleador. La SL2854 de 2022 entre UTCF y Colsubsidio, donde ante recurso de la Caja, se logró que la Corte mantuviera el laudo arbitral, con importantes derechos para los trabajadores, que por decisión de la Caja, varios de esos derechos fueron extendidos a más de 17 mil trabajadores, para que no se afiliaran al sindicato, logrando el sindicato su objetivo, favorecer al mayor número de trabajadores y sus familias, independiente de que sean sindicalizados o no, eso si, siguiendo con una campaña de sindicalización, que busca fortalecer el sindicato.
En la sentencia SL18504 de 2016 entre Sintrapulcar y Colrecicladora la Corte dejó claro que los trabajadores sindicalizados y los no sindicalizados, no son iguales, porque los primeros se organizan para defender sus intereses, mientras los segundos no, por eso, cuando los sindicalizados alcanzan algún derecho, que no tienen los no sindicalizados, no se viola el principio de la igualdad, porque no son iguales, diferenciación que se debe tener clara en los procesos de negociación colectiva.
